¿Debería Permitir la Iglesia que los Visitantes Participen de la Cena del Señor?

Pregunta:

“De vez en cuando algunas personas visitan la congregación. Estas personas pueden ser miembros de otra congregación de la iglesia del Señor, pueden ser miembros de denominaciones religiosas, o incluso pueden no sostener el cristianismo en absoluto. ¿Deberíamos impedir que participen de la Cena del Señor?”.

Respuesta:

Nuestro Señor Jesucristo instituyó la Cena Memorial “la noche que fue entregado” (1 Corintios 11:23). En tal ocasión señaló que Sus discípulos participarían de este acto en memoria de Él (Lucas 22:19). Poco después leemos que la iglesia participaba de la Cena del Señor cada primer día de la semana por mandato divino y apostólico (Hechos 20:7; 1 Corintios 11:17-26; cf. 1 Corintios 16:1-2). La historia temprana también brinda confirmación adicional de esta práctica. Por ejemplo, en su Primera Apología, Justino Mártir señaló:

Y en el día llamado domingo, todos los que viven en las ciudades o en los pueblos se reúnen en un lugar; allí se lee las memorias de los apóstoles y los profetas, hasta que el tiempo lo permita… Luego se distribuye [la Cena del Señor—MP] a todos, y todos participan de aquello por lo cual se ha dado gracias. Y una porción de esto se envía a través de los diáconos a los ausentes (Roberts, et.al., 2007, 1.186).

No hay duda de que los cristianos deben recordar el sacrificio de Jesús en la cruz al participar del pan sin leudar y el jugo de la vid (Mateo 26:26-29). Esto también se aplica a aquellos cristianos que visitan nuestras congregaciones en el día del Señor (Hechos 20:7). ¿Pero qué acerca de aquellos que no comparten la fe del Nuevo Testamento o que no sostienen el cristianismo en absoluto? ¿Se debería prohibir la participación de la Cena a las personas que visitan nuestros locales de reunión?

La respuesta breve para esta pregunta es que, aunque Cristo no dio el mandamiento de la Cena del Señor para los incrédulos, tampoco requirió (directamente o indirectamente) que los cristianos prohibieran (o que, por otra parte, forzaran) su participación a ciertos grupos—incluyendo a los que no son cristianos. Aunque hay formas de evitar indirectamente (sin prohibir) que los que no son cristianos participen de la Cena del Señor (al señalar antes de repartir que esto es algo que los cristianos hacen y que no se espera que los que no son cristianos participen, etc.), la iglesia no peca si un incrédulo participa de esta conmemoración. Considere los siguientes puntos:

  • Así como la oración, el canto y las ofrendas (cf. Efesios 5:19; 1 Tesalonicenses 5:17), la Cena del Señor es otro acto de adoración prescrito para los cristiano. El incrédulo no tiene el mandamiento de orar, cantar u ofrendar para agradar a Dios; él necesita obedecer al Evangelio para ser aceptable ante Dios y llegar al cristianismo y entonces ofrecer una adoración agradable (Hebreos 11:6). Si se debe prohibir la participación de la Cena del Señor al visitante, entonces también se le debe prohibir usar un himnario de la banca para unirse en canto con la iglesia, se le debe hacer callar cuando diga su “Amén” después de la oración pública de un miembro, y se debe rechazar sus monedas o billetes cuando los deposite en el receptáculo de las ofrendas. Obviamente, esto obstaculizaría nuestros esfuerzos por alcanzar a los perdidos.
  • Aunque el catolicismo propone que en la comunión, “el pan y el vino…, por las palabras de Cristo y por la invocación del Espíritu Santo, se convierten en el Cuerpo y la Sangre de Cristo” (Catecismo, 2003, 1333), nosotros sabemos que el concepto de la transustanciación es erróneo (Jackson, 2011). No hay nada especial en los elementos del pan y el jugo de uva fuera del propósito y significado cristiano. De otra manera, cometeríamos profanación cada vez que desechamos los restos de tales elementos o permitimos que algún pedazo del pan caiga al suelo. Para el que no es cristiano y que no entiende el significado de este memorial, tales elementos simplemente son comunes.
  • Aunque se amonesta al cristiano a autoanalizarse en su participación de la Cena (1 Corintios 11:27-29), este es un autoanálisis que cada cristiano realiza personalmente. Nadie está en la posición de prohibir la Cena del Señor a otro miembro que considere “débil”, “inmaduro” o “inestable”; la responsabilidad cae completamente en el adorador (1 Corintios 2:11). En un sentido general y congregacional, no se requiere que aquellos que reparten la Cena analicen a los participantes y decreten juicios por ellos.
  • En algunas congregaciones grandes, es casi imposible que aquellos que reparten la Cena sepan si “tal persona” es un miembro de la congregación, miembro de otra congregación de la iglesia del Señor o simplemente un visitante de la comunidad. Si fuera un pecado que el que no es cristiano participara de la Cena, entonces se debiera extender este acto para permitir tiempo suficiente para indagar el estatus individual de cada persona. Desde luego, la Biblia no demanda tal cosa.

Un incrédulo puede decidir abrir sus oídos para oír la predicación del Evangelio en nuestras congregaciones, puede decidir unirse a nosotros en canto, puede decidir depositar un billete de $10 en el receptáculo de las ofrendas, y puede decidir extender su mano para tomar un bocado de pan y una copita de jugo de uva, pero tales acciones no le brindan “comunión” con Dios, ni tampoco implican que la iglesia del Señor considere tales acciones como la comunión verdadera que solamente se puede gozar a través del Evangelio (2 Corintios 6:14-15; 1 Juan 1:1-7).

[Nota: Tenga en cuenta que el hecho que no se prohíba que los visitantes participen de la Cena del Señor no quiere decir que la iglesia deba promover tal participación al realizar programas donde se invite a la comunidad no-cristiana a participar de una “cena memorial”. La iglesia debe evitar transmitir el mensaje de que el mundo se encuentra en comunión perfecta con ella. Adicionalmente, los padres cristianos deben evitar trivializar la Cena del Señor al hacer “participar” de los elementos a sus pequeños hijos hambrientos o curiosos. Los padres deben ejemplificar reverencia en este y otros actos de adoración].

Referencias

Catecismo de la Iglesia Católica (2003), Librería Editrice Vaticana, http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/index_sp.html.

Jackson, Wayne (2001), “¿Cuál Es la Diferencia Entre ‘Transustanciación’ y ‘Consustanciación’?”, EB Global, http://www.ebglobal.org/inicio/cual-es-la-diferencia-entre-transustanciacion-y-consustancia.html.

Roberts, Alexander, et.al. (2007), Los Padres Antenicenos [The Ante-Nicene Fathers] (Nueva York: Cosimo).